Supuestos en los que es necesario solicitar un visado de no inmigrante para actividades con visado B-1 (visado de negocios)
Cuando queremos viajar a Estados Unidos, tenemos que tener en cuenta que, según los intereses que tengamos y qué vamos a hacer en aquel país, en algunos supuestos nos requerirán solicitar previamente un visado.
Estados Unidos distingue entre 2 categorías de visado: visados de no inmigrante y visados de inmigrante, y dentro de cada categoría se solicitará un visado u otro en función de la actividad concreta a realizar.
Entre estos visados, está el visado B-1, o visado de negocios, que tendremos que solicitar previamente en la Embajada de Estados Unidos en Madrid, si vamos a realizar alguna de las siguientes actividades:
Comercial: las personas que viajen por motivos comerciales, negociaciones, para participar en exposiciones, reuniones, firmar contratos, realizar pedidos de mercancías, etc., necesitarán un visado de negocios o profesional, clasificación B-1. El titular de este tipo de visado no puede vender ni realizar actividades comerciales que generen beneficios dentro de los EE.UU.
Trabajo voluntario: los participantes de programas de servicio voluntario en organizaciones sin ánimo de lucro, organizaciones sociales o religiosas que estén oficialmente reconocidas como tal, podrían obtener un visado B-1 siempre que la actividad que se vaya a realizar sea de índole social o benéfica, no se perciba remuneración o salario alguno, y la actividad no incluya venta de artículos o se soliciten donativos. Cuando se viaje por este motivo con un visado B-1 o bajo el programa de exención de visado VWP, hasta un máximo de 90 días, debe llevar consigo un escrito de la organización patrocinadora indicando el nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, dirección permanente fuera de EE.UU., nombre y dirección de su destino en el país y la duración estimada de la estancia.
Técnicos o Ingenieros de Servicio: personal técnico o ingenieros que se desplacen a los EE.UU. con el fin de instalar, prestar servicio o reparar equipos industriales o maquinaria vendida a un comprador de los EE.UU. (o para personal técnico o ingenieros que viajen para entrenar al personal estadounidense en dichas actividades), siempre que el contrato de compra-venta contemple la prestación de dichos servicios podrían recibir un visado de clasificación B-1. El técnico o ingeniero debe poseer conocimientos especializados esenciales para realizar los servicios, no puede recibir remuneración de una fuente estadounidense, y la compañía no puede recibir ningún pago adicional por estos servicios, otro que el contemplado en el contrato de venta original.
Ponentes / Participantes en conferencias: Si Ud. viaja a los Estados Unidos para participar como ponente o dar conferencias, puede viajar con un visado B-1 siempre que no exista remuneración de una fuente estadounidense, otra que los gastos de la visita. La ley prevé la posibilidad de recibir alguna cantidad en concepto de honorario, además de los gastos, cuando actividades no duren más de nueve días en una misma institución, cuando la institución es una organización no lucrativa o una organización de investigación del gobierno, o una institución de estudios avanzados, o una entidad afiliada no lucrativa, las actividades se realizan en beneficio de la institución o entidad o el conferenciante no ha aceptado pagos ni dietas de cinco instituciones de ese tipo durante los seis meses anteriores.
Investigador: Para realizar trabajos de investigación independiente, pueden recibir visados clasificación B-1, o viajar dentro del programa de exención, hasta 90 días, (VWP), siempre que no se perciba remuneración alguna por parte de la institución en los EE.UU. y que el resultado del trabajo de investigación no beneficie a esa institución.
Estudio y prospección de mercado: El visado B-1 es la clasificación apropiada para viajar a los EE.UU. con el fin de estudiar las posibilidades de establecer y/o poner en marcha un negocio. Sin embargo, el poseedor de un visado B-1 no puede permanecer en los EE.UU. para dirigir el negocio.
Estudiantes de medicina en prácticas: Periodos de practica, en varias disciplinas del campo de la medicina, bajo la supervisión directa de profesores médicos de una facultad de medicina u hospital médico, podrían realizarse con un visado B-1 o bien dentro del programa de exención de visado, en este último caso hasta un máximo de 90 días, siempre que esta practica constituya parte del currículo académico en esa institución fuera de los EE.UU., y no se reciba remuneración alguna por parte del hospital en los EE.UU. Si solicita un visado B-1 será necesario acompañar una carta de la escuela de medicina / hospital de los EE.UU., que detalle el tipo de actividad a realizar, duración y quién se hace responsable de los gastos. Este mismo escrito deberá ser presentado en el momento de la entrada a los EE.UU. si se decide viajar sin visado, dentro del programa de exención (VWP). Los estudiantes que vayan a realizar practicas de fisioterapia, estomatología, enfermería y veterinaria, deben solicitar un visado clasificación H-3.
Programador de sistemas informáticos: Personas que se desplacen a los EE.UU. temporalmente como programadores o analistas de sistemas informáticos para realizar trabajos desde casa para compañías extranjeras pueden recibir un visado B-1 siempre que el interesado trabaje para una compañía extranjera establecida fuera de los EE.UU, no reciba remuneración alguna de compañías en los EE.UU. otra que cantidades que se consideren en concepto de gastos de estancia, para realizar funciones que requieran conocimientos de alto nivel académico y que el interesado sea licenciado en esa especialidad.
Si se desplaza como acompañante de su cónyuge beneficiario de otro tipo de visado, trabajo, estudiante, etc., y desea realizar este tipo de actividad contratado por una empresa extranjera, deberá solicitar ambos visados, y exponer la situación al oficial de inmigración en el puerto de entrada a los EE.UU.
Es la peor visa, es la tipica visa B1/B2 que estampan en el pasaporte, comunmente llamada «Visa de Turista» . No te permite hacer nada de nada, ningun dolar debe puede serte pagado legalmente.
Por eso hay tantos ilegales en USA, no hay opciones para los dreamers.