Tipos de visados para comerciante o inversor en Estados Unidos
A través de la página del Portal de Empleo de EE.UU de la Conserjería de Empleo y Seguridad Social en Estados Unidos, podemos encontrar además de mucha información y consejos útiles, toda la información referente a trabajar ya sea por cuenta ajena o propia en este país.
Para emprender un negocio en Estados Unidos con presencia física, es necesario obtener un visado o permiso de residencia, salvo para estancias inferiores a noventa días. Es importante conocer de antemano, antes de solicitarlo, el tipo de visado que se ajusta a las características de la futura estancia en Estados Unidos.
Si lo que vamos a desarrollar es este país es una inversión o crear un negocio para llevar a cabo actividades comerciales como intercambio de productos, servicios o tecnología, tendrá que solicitar el siguiente visado:
En virtud de los acuerdos comerciales suscritos por España y Estados Unidos, un ciudadano español puede solicitar un visado E-1 para la realización de actividades comerciales (intercambio de productos, servicios o tecnología), sustanciales en tiempo y en volumen.
Visados E-2 de inversor
Igualmente, un ciudadano o sociedad de nacionalidad española que desee establecer un negocio en los Estados Unidos puede solicitar un visado de inversor E-2, si la inversión cumple, entre otros, los siguientes requisitos:
- Es propiamente una inversión, esto es, una puesta en riesgo de capital, con objetivo de generar beneficios, pero con posibilidad de pérdida total o parcial.
- Es considerable y suficiente para asegurar el buen funcionamiento del negocio. Aunque el monto de la inversión dependerá del tipo de negocio que se desear iniciar, normalmente siempre deberá superar los 200.000 dólares.
- Forma parte de una empresa de hecho en funcionamiento.
- Prevé generar unos ingresos sensiblemente superiores a los meramente suficientes para la subsistencia del inversor y su familia; o prevé tener un impacto relevante en los Estados Unidos.
Un ciudadano español que se encuentre legalmente en Estados Unidos puede pedir el cambio a un visado E-2, si cumple los requisitos para ello.
Estos visados tienen una validez inicial de dos años, y posteriormente se deben renovar cada dos años.
Atención: Toda la información sobre visados contenida en este apartado procede de las autoridades norteamericanas, a quienes corresponde determinar los requisitos y condiciones de entrada, permanencia y trabajo de los españoles en Estados Unidos. Puede obtener dicha información en las páginas de la Embajada de Estados Unidos en Madrid (http://spanish.madrid.usembassy.gov/es/visas.html) y en la página de las autoridades norteamericanas en materia de inmigración (www.uscis.gov).